1º ) Se presenta , en su día , escrito de preparación de recurso de apelación .
2º) Notifican que no procede .
3º) He formulado escrito de preparación del recurso de queja solicitando su reposición ( , por tanto , recurso de reposición preparatorio del de queja ) , amparándome en los artículos 494 y 495 de la LEC , solicitando se me entregue certificado de las dos resoluciones a que se refiere el segundo precepto.
4º) Se me ha notificado Providencia en la que se me dice que he presentado Recurso de Reposición , pero no se me dice que es preparatorio del de queja .
5º) He presentado escrito de aclaración y rectificación ( artículo 314 LEC ) , para que se rectifique e indique el verdadero recurso presentado-
6º) Curiosamente , se me ha notificado un Auto desestimándome el recurso de reposición , expidiéndose testimonio de ambas resoluciones antes indicadas , pero se ha hecho sin haberse resuelto la aclaración solicitada , lo que hace que el certificado del recurso de reposición preparatorio del recurso de queja sea incompleto , lo que supone que de presentar el recurso de queja este no prosperaría .
Pregunto : ¿ Procede presentar escrito de subsanación amparado en el artículo 215 LEC ? o ¿ procede interponer el recurso de queja solicitando nulidad de actuaciones ?