Hola. Voy a contestar a algunas de las preguntas que planteé por si a alguien le puede interesar y a comentar como me ha ido la solicitud que hice al INSS. Desde enero de 2021 tengo una ipt, tengo 2 hijos y soy del País Vasco. En marzo de 2023 solicité el complemento de maternidad. En julio de 2023 presenté una Reclamación Previa y el 4 de octubre de 2023 me ha aparecido en Mi SSSS el importe que me van a abonar en concepto de este complemento de maternidad. De momento no me aparecen los atrasos. Tanto el modelo de la Solicitud como de la Reclamación Previa los encontré en Internet (no eran exactamente lo que buscaba pero los pude adaptar sin problemas). Los trámites los he hecho yo directamente en la página del INSS con la Clave Permanente. No he tenido que recurrir a un abogado, ya que antes de cumplirse el plazo para contestar el INSS la reclamación previa me han aprobado el complemento. Me puse en contacto con un abogado y me dijo que la reclamación previa cobraban 300€, para presentar la reclamación en el juzgado era necesaria una previsión de fondos de 600€ y que una vez obtenida una sentencia positiva a mi favor me cobrarían el 10% de lo obtuviera del complemento en 2 años. Sobre los costos del juzgado me dijo el abogado que no había. Suerte y paciencia a los que os encontréis en ésta situación.
Hola, y mi pregunta es ¿un hombre con una ipt cualificada por sentencia judicial con fecha de marzo de 2020 y con un hijo puede solicitarla? o son dos hijos mínimo? gracias.
Hola. A finales de marzo hice la solicitud del complemento de aportación demográfica, pero de momento no he tenido respuesta. He leído que pasados 3 meses desde que se solicita se puede hacer una reclamación previa. Creo que tengo hasta mediados de agosto para hacerlo. Si al hacer la reclamación tampoco me contestan tendría que reclamar judicialmente. Mis preguntas son:
1. ¿Sabéis dónde se puede localizar un modelo de Reclamación Previa por silencio administrativo?
2. ¿Alguien ha cobrado este complemento sin necesidad de ir a juicio?
3. ¿Cuánto suelen cobrar los abogados por hacer esta gestión? ¿Y cuáles son los costos del juzgado?
4. ¿Conocéis algún abogado en el País Vasco?
Gracias por vuestras respuestas.
Mi abogado me hecho la solicitud a través del registro electrónico de carpeta ciudadana y viendo que pasaron 8 meses y no me contestaron me acerque al INSS y resulta que se avía perdido la solicitud y no la encontraban pues llamo a la jefa de sección de prestaciones le dio mi teléfono y la mujer me llamó esa misma mañana me dijo que le enviará un correo electrónico con la solicitud y en una semana solucionado todo la verdad
Buenas si podrías solicitarlo la ley la cambiaron a reducción de brecha de género el 3/2/2021 estás en el límite ya que tú pensión es de enero de 2021 por dos hijos te corresponde un complemento del 5% de tu pensión te pagan los atrasos también desde que tienes reconocida la pensión la solicitud la puedes echar a través de otros escritos de la sede electrónica de la seguridad social no hay una solicitud específica para ello me dijo la funcionaria cuando heche yo mi solicitud que podía utilizar haciendo un escrito con lo que se pide me dijo que pusiera incremento pensión de maternidad que no pusiera incremento de reducción de brecha de género yo la solicite y me vino aprobado con los atrasos mi solicitud me la hecho mi abogado pero lo puedes hacer tú mismo están pagandso sin problema
Hola.
Soy un hombre con 2 hijos pensionista desde enero de 2021.
¿Puedo solicitar el complemento por hijos? Y si es así, ¿Cuál es el documento que hay que cumplimentar?
Gracias
Hola La sentencia del Juzgado de Teruel y otras muchas sentencia de Tribunales de justicia hacen referencia al derecho de los hombres a cobrar el complemento de maternidad ,siemprey cuando su pensión se haya causado entre el día 1-1-2016 y el día 3-2-2021.
A partir del día 4-2-2021 el complemento de maternidad cambia radicalmente y se denomina complemento para la reducción de la brecha de género.
Actualmente es muy difícil que los hombres puedan acceder a dicho complemento pues casi nadie reúne los requisitos previstos en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social en la redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2021.
Te envío el texto de la ley actualizada. Mira el artículo 60, 1ª párrafo segundo , 1ª y 2ª de dicha ley : https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724&p=20210203&tn=1#a60
Es muy difícil que cumplas dichos requisitos.
Si los cumples tendrás derecho a cobrar 27 euros más por cada hijo.
Saludos
Tengo pensado jubilarme en breve. ¿¿Es posible que como marido casado y con 2 hijos pueda solicitar el derecho a cobrar el complemento de maternidad en mi pensión?? Tengo noticias de que un juzgado de lo social de Teruel ha reconocido el derecho a un pensionista jubilado padre de 2 hijos a cobrar este complemento. ¿Quiere decir esto que se ha creado un precedente para este cobro a todos los que se jubilen actualmente?