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Complemento a minimos

1 Comentarios
 
18/05/2024 17:43
BI318
Hola. Si la venta te supone un incremento patrimonial , a los efectos de la renta, en la cuantía superior a 8.942 euros, no tendrás derecho a cobrar el complemento de mínimos durante un año. Debes comunicar al INSS esa circunstancia.
Al año siguiente debes pedir al INSS que te vuelva a abonar el complemento de mínimos.
Saludos
Complemento a minimos
18/05/2024 09:07
Si estoy cobrando el complemento a mínimos y vendo mi vivienda en el mes de Diciembre , como me afectaría al complemento. Me quitan el complemento de todo el año ?. El año siguiente tampoco percibiría el complemento?