Buenas días, quería plantearos una cuestión sobre un tema que es el siguiente:
Partimos de unos ingresos no declarados en el año 2017 y, en el 2020 se dieron cuenta que debieron declarar tales ingresos (cerca de los 1.500 euros). En la declaración del IRPF del 2017 les salió a devolver y, en el simulador de la AEAT al introducir dichos ingresos (es decir, los 1.500 euros antes mencionados) sale la misma cantidad a devolver (es decir, la cuota resultante de autoliquidación en realidad sigue siendo la misma por aplicación del mínimo personal y familiar).
En ese caso, para declarar tales ingresos (con sanción por estar fuera de plazo) ¿habría que hacerlo a través de una complementaria o rectificación de autoliquidación? pues, en realidad si no hay perjuicio para hacienda (es decir, la cantidad a devolver es la misma) creo que debería ser una rectificación de autoliquidación pero tengo dudas ¿alguno sabría como declararlos?