Hola. Buenas tardes. Necesito que me aclareis una duda.
Es el caso de dos demandados por reclamación de cantidad, uno, no tiene el domicilio en el partido judicial en el que le han demandado (mi cliente). El otro, legalmente, tiene el domicilio en ese partido judicial pero, en realidad, está en paradero desconocido (de hecho, no se le ha podido notificar).
¿Creeis que prosperaría la oposición alegando falta de competencia territorial del juez? Gracias.
Sí, eso lo sé. Me temía esa respuesta. Mi duda nace porque el partido judicial en el que se demanda no es el domicilio de uno de los demandados y, el otro, en realidad, tampoco vive allí porque está en paradero desconocido. En realidad, ninguno de los demandados vive en el partido judicial donde se ha demandado. Pero, sí, legalmente es el domicilio de uno de los demandados. Gracias.