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Competencia territorial materia de consumidores

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Competencia territorial materia de consumidores
perfil LIA
28/07/2005 18:11
Hola a tod@s; mi duda en la siguiente he de plantear un demanda ejercitando acción de rescisión (art. 1124 C.c) por incumplimiento de un contrato de cirugia estética (no se obtuvo el resultado esperado), la duda se suscita en cuanto a la competencia territorial que, de acuerdo con la LEC sería el domicilio del demandado no obstante he visto Jurisprudencia donde ante una clausula de sumisión expresa en un contrato de adhesión sometiéndose a juzgado distinto del domicilio del consumidor o del lugar de cumplimiento de la obligación, esta se ha declarado abusiva y nula de acuerdo con la Ley de consumidores y usuarios, permitiéndose la presentación de la demanda en el domicilio del consumidor, el tema es que en mi caso mi cliente no firmó contrato ninguno ni sumisión expresa a ningún fuero, podría entonces presentar la demanda en el Juzgado del domicilio del consumidor, lo contrario equivaldría presentar la demanda en el quinto pino ya que ese es el domicilio social de la demandada y no tiene establecimiento abierto al público en el domicilio del consumidor, que opoinais?
La verdad es que no se por donde tirar, que os parece?

saludos