Tengo una duda que me ha estancado un poco, y vengo a solicitar vuestra ayuda. Estoy redactando una demanda de nulidad de hipoteca en base a una condición resolutoria anterior la cual se cumplió y resolvió el contrato de compraventa. Condición ésta inscrita con anterioridad a la hipoteca que quiero anular.
Cuando resolví el contrato de compraventa desistí de la cancelación de la hipoteca por razones que no vienen al caso, y como mi derecho persiste pues lo voy a solicitar ahora.
Mi duda es la competencia territorial. El inmueble está en Madrid, pero no encuentro que artículo aplicar para fundamentar la competencia territorial.
Si me pudiérais echar una mano, quizá alguien que haya planteado un tema similar, os quedaría muy agradecido.