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Competencia territorial en división de la cosa común

3 Comentarios
 
Competencia territorial en división de la cosa común
25/10/2007 17:08
Hola a tod@s :

Agradecería alguien me diera su opinión en relación a la competencia territorial a la hora de prsentar demanda de división de la cosa común.

- Domicilio del demandado?
- Lugar dónde está ubicado el inmueble?

Muchas gracias.
25/10/2007 17:13
En mi opinión, al ser el objeto de la litis un bien inmueble, el juzgado competente territorialmente habrá de ser el del lugar donde esté la finca
25/10/2007 17:37
En mi opinión, sería de aplicación el art. 52.1.1º LEC. Osea que será competente el tribunal de donde se encuentra ubicado el inmueble.
25/10/2007 18:42
El lugar donde radica la finca, no lo dudes.