Buenas tardes, le comento mi duda... soy alumno de derecho y tengo un supuesto practico en el que los socios de una sociedad quieren modificar los estatutos para introducir la prestacion accesoria de prohibicion de competencia desleal y directa. Esto se produce porque anteriormente, el ex-administrador (y socio tambien, actualmente vigente) de la misma estaba realizando competencia desleal y firmó (idea del abogado de la sociedad) con los restantes socios, un contrato en donde se le permite realizar competencia directa y renuncian los demás socios a empezar acciones legales contra él por la competencia desleal que hubiera tenido en el cargo... podria tener la consideracion de consilium fraudis? Se podria hacer dicha modificacion y hacer que el contrato no fuera valido?