A una empresa en concurso se le deben una serie de pagos de unos alquileres, la empresa que no pago esos alquileres es denunciada por apropiación indebida a instancias de la nueva propietaria con la aquiescencia de la Administración concursal. Se debería haber comunicado esta circunstancia al Juez del concurso por los Administradores y que se resolviese por este en lugar de hacerlo ante el Juzgado de lo Penal?