Presenté en el Juzgado del domicilio del demandante en Madrid, papeleta de conciliación previa a interposición de querella criminal por injurias y calumnias. Existe una pluralidad de demandados pero son de distintas poblaciones y partidos judiciales. Ninguno de ellos reside en el mismo que el demandante.
El Juzgado me ha dado hoy diez días para manifestar sobre la posible falta de competencia territorial. Dice que "ninguno de los conciliados tiene domicilio en Madrid". Hace referencia al 463 de la LEC 1.881.
Yo entiendo que al ser materia de derecho contra el honor, se debe hacer referencia al 52.6 de la LEC, y por tanto el Juzgado del domicilio del demandante es el competente.
¿Qué opináis?
Contra esa resolución cabe recurso de reposición (con expresión de la infracción cometida), sin perjuicio de lo que puedo manifestar en relación a la competencia territorial. ¿Podría hacer las dos cosas? Es decir, ¿manifestar todo lo que creo y, además, presentar el recurso de reposición?