Pueden orientarme que porcentaje del sueldo de mi exmarido puede corresponderme por compensatoria? Yo tengo una enfermedad, no puedo trabajar y tengo 56 años. Intenté llegar a un acuerdo y estaba conforme con 400 euros que me daba pero tenía que firmar que si me concedieran alguna ayuda, renunciaría a la compensatoria, algo que me negué. Por eso vamos a juicio, pueden orientarme en juzgado de familia que pensión me pueden asignar? Él gana 2000 mensuales en limpio ya deducido los impuestos
En los casos que conozco normalmente la tendencia es máximo un tercio de los ingresos y limitado en el tiempo a tres o cinco años, salvo para casos en los que sea imposible la reincorporación al mercado laboral por motivos de edad. Pero cada caso es un mundo, el juez podría tener en cuenta muchos condicionantes. Por ejemplo, si usted tiene una incapacidad reconocida y pudiera recibir una pensión por ello, podría no concederle la compensatoria o que esta fuera menor.
Esto es lo que indica el código civil con respecto a la pensión compensatoria:
“El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.”