Hola a tod@s
¿Tiene derecho, el propietario de un comercio, a que le pinten las puertas metálicas originales, de su negocio aprovechando la rehabilitación de la fachada del edificio donde está situado? Hay que tener en cuenta que en la rehabilitación, aprobada por unanimidad, obviamente se pintarán las barandillas de todos los balcones.
¿Existe alguna vía legal para que el comerciante pueda exigir algún tipo de compensación económica debido a que las obras de rehabilitación comienzan a finales de noviembre y se verá perjudicado en la próxima campaña navideña (la obras durarán hasta la próxima semana santa).
Agradecería que me informáseis si existe alguna legislación que trate de estos temas.
Saludos de un comerciante "mosqueado".
Hola H-25
Efectivamente, fui convocado, voté el acuerdo y participo en la derrama.
El mosqueo no viene motivado por la pintura de la puerta metálica, eso es lo de menos. Viene motivado porque en la Junta Extraordinaria, se aprobó no cambiar las placas de mármol que decoran la planta baja del edificio/tiendas porque encarecía la rehabilitación. En su lugar se acordó que el mármol sería pulido y que quedaría como nuevo (fue un acuerdo verbal, no consta en acta).
Mi sorpresa ha sido que en el presupuesto de la empresa rehabilitadora no se incluye el pulido del mármol. Consta que se limpiará con agua a presión y posteriormente se le aplicará un tratamiento hidrófugo. Los andamios y las obras ya han comenzado y los propietarios no tienen intención de gastar nada más.
El mármol que decora mi tienda no ha sufrido modificaciones ni cambios en su estructura, no ocurriendo lo mismo con las tiendas vecinas.
La fachada del edificio da a dos calles: una secundaria y otra principal.
Los propietarios de las viviendas han decidido que el andamiaje se monte en las dos fachadas a la vez. Los comerciantes les insistimos para que montaran el andamio de la calle secundaria, dejando para después de fiestas el de la calle principal.
No nos han hecho caso. Y ahora nos vemos, las tiendas, con un andamio colocado delante de vitrinas y puertas de entrada.
Todas las tiendas somos conscientes que los andamios "ayudarán" a que la campaña navideña no sea la que todos desearíamos. De ahí mi pregunta sobre si es factible intentar conseguir un LUCRO CESANTE.
Muchas gracias a tod@s
Hola a tod@s
Desearía sabe,r de una vez por todas, que gastos de comunidad está obligado a satisfacer un comercio en base a lo siguiente:
El comercio situado en los bajos de un edificio sólo usa un buzón de correos situado en el vestíbulo. Lógicamente dispone de llave de entrada al edificio.
No utiliza el ascensor, escalera, etc......
Gracias anticipadas