A la hora de hacer la declaracion con el PADRE, este calculara el total de las perdidas y de las ganancias y las compensara solo. Otra cosa seria que las perdidas se generasen en el ejercicio anterior (2006) y no se hubiese tenido derecho a compensacion alguna por la base imponible, entonces, se podrian compensar en los 4 ejercicios siguientes, siempre y cuando la base imponible lo permita.
Bendí acciones con pérdidas y las volví a comprar sin que hubieran pasado dos meses. Antes de finalizar el ejercicio fiscal en cuestión (2007) las vendí todas obteniendo por esta última venta ganancias. ¿Puedo compensar las pérdidas de la primera venta con las ganancias de la segunda a pesar de que no transcurrieron más de dos meses desde la venta de las primeras a la compra de las segundas teniendo en cuenta que finalmente las vendí todas antes de terminar el ejercicio?