hola por norma, la fianza no se utiliza para ese fin ya que es para el caso que existan cantidades pendientes de pago asi como de posibles desperfectos. Si bien es cierto, que el la práctica diaria se suele entregar como compensación al incumplimiento del contrato, eso si, siempre que venga originado por ordinarios, para el caso que sean extraordinarios (traslado trabajo o por fuerza mayor) en principio te la tendría que devolver, pero dependerá lo que hables con el propietario, espero haberte ayudado algo, cualquier cosa que necesites, responde y te ayudaré encantado, saludos
Hola luna40113. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Si desea contactar conmigo visite nuestra web http://letradosalquileres.es.tl o envié un email indicando su nick de esta página y el texto de la consulta a una de estas dos direcciones: armandogarcia@ical.es o a letradoalquileres@hotmail.com
Reciba un cordial saludo
Compensación fianza y penalización por abandono sin preaviso
Hola, alguien me ha dicho que en caso de que dejara el piso en el que vivo de alquiler antes de vencvimiento del plazo pactado y sin el plazo de preaviso que acordamos me podrá hacer pagar el propietario una penalización.
en ese caso y como él tiene la fianza que le deposité ¿podría compensar la penalización con la fianza?