Me baso en el art 49.1.b) de la Ley de IRPF. Más transparencia imposible.
Te pongo el enlace:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l35-2006.t3.html#a49
He vendido 5.000 acciones de BBVA con una pérdida de 2.500 euros. Én la venta de un piso recibido he tenido una ganancia patrimonial de 6.000 euros. Ambos bienes (las acciones y el piso) los recibí este mismo año en herencia.
PREGUNTA; ¿Pueden compensarse amas cantidades en el IRPF/2011?