Un transportista en módulos adquiere un camión el 24/04/2008. En 4ºt de 2008 inicia la compensación del IVA de inversión. Está compensando IVA durante los años sucesivos 2009,2010. ¿ Hasta cuando puede estar compensando IVA?, ¿ Tendría que pedir la devolución de IVA en 4ºt 2010 o puede seguir compensando el iva todo el año 2011 y en 4ºt 2011 pedir la devolución del IVA que resta?.Saludos y gracias
En modulos y mas por adquisicion de activos no hay tope de tiempo para compensar incluso tienes la posibilidad de recuperar el iva por la compra del camion de una vez,en un modelo especial.
Lo que es cierto es que hay un plazo de cuatro años desde la fecha del devengo lo he visto en regimen general pero no en modulos pero entiendo que puede ser de aplicacion general.De todas formas en el 2011 estas dentro de los 4 años.
Gracias por la aclaración pero aún tengo una pequeña duda, ¿ desde cuando empieza a contar la compensación de iva para los 4 años, desde el momento que lo adquiere(2ºt 2008) o desde el momento en que practica la 1ª compensación es decir 4ºt 2008? porque si es desde 4ºt 2008 aún podría compensar todo 2012 hasta el 4ºt que pediría la devolución del IVA que resta.
La fecha a partir de la cual empieza el computo es la del devengo del impuesto es decir desde la fecha de la factura.En el 4t del 2010 te has pasado segun entiendo,no cuentes por trimestres yo contaria por fechas.