Pues bien lógicamente eso si que es denunciable, como va a hacer una persona las horas y otro ser el que las cobre? Pero la solución es muy sencilla NO hagan HE y listo no les pueden obligar.
No es que a unos trabajadores les den horas libres y a otros se les paguen, si no que las horas las hace un trabajador y el dinero de esas horas se las queda el responsable como si las hubiera hecho el. Cuando ese dinero debería ser para el trabajador que las hizo, al que en lugar de eso le dan horas libres.
Y si, las horas extra se pagan a 1-1 con las horas ordinarias, pero eso ya esta denunciado por el comité y es otra historia.
Empiezo por el final respondiendo a su pregunta, su jefe puede pagarle a ese trabajador como le de la gana pero es en perjuicio para el porque las he penalizan mas que cualquier otro incentivo en el que pudiese camuflar ese dinero.
1.- Bien dicho esto le explico nuevamente, su jefe le puede pagar si así lo desea a otro trabajador lo que le de la gana si es por encima de convenio, vamos es su problema y a usted no le esta quitando nada esto se denomina discriminación positiva la cual es legal, la que no es legal es la discriminación negativa, es decir a usted no le paga su jefe lo que marca convenio eso si seria discriminación negativa, por eso le dije que aunque tenga la misma categoría a usted no le incumbe lo que cobre el otro compañero ni el concepto en que se lo paga.
2.- Lo que no me gusta o me sigue sin cuadrar es lo de que si un día hace dos horas extra luego cuando quiere el jefe te las compensa en descansos y equiparando las he a las horas ordinarias quiero decir que si hoy hago 2 he estas en precio están por encima de las horas ordinarias y al menos deberían (y esto debe recogerlo el convenio), cada hora extra compensarse con 1 y 1/2 ordinarias y tampoco darle el descanso cuando al empresario le de la gana habrá que llegar a un acuerdo con el trabajador.
3.- Si se esta negociando el convenio hasta que no se firme uno nuevo éste sigue vigente por lo que se deben aplicar las normas de dicho convenio aunque este obsoleto.
Por último, insistir en que las he son siempre voluntarias y si usted lo que quiere es cobrarlas se lo comunica a la empresa y sino le dicen que no que se las compensan en descansos les dice usted que no le interesa y que entonces no las hace y listo.
SMO.
Gracias por la respuesta, Aclaro sobre sus puntos.
1. Considero que si me incumbe dado que yo soy uno de esos trabajadores y al mismo tiempo responsable de uno de los departamentos.
2. No es que se otorguen en sus días libres, si no que a los que realizan horas extra se las compensan con horas libres. Quiero decir, si un trabajador hace un día dos horas extra, otro día a elección del responsable le dan dos horas libres.
3. El convenio actualmente está en negociación con el comité por lo que está vigente el convenio antiguo prorrogado, anterior a la reforma laboral.
Este convenio estipula que pueden ser pagadas hasta un máximo de x horas al mes (no recuerdo la cifra exacta) y de eso en adelante en horas libres
En realidad mi pregunta principal es ¿si se puede pagar con el concepto de horas extra a un trabajador que no ha realizado las horas?
1 Lo que haga la empresa con otros trabajadores no le incumbe.
2 No entiendo lo de que las he solo se las otorgan en sus días libres a esos otros trabajadores.
3 Lo que si le incumbe a usted, (no el acuerdo que tengan entre las empresas), lo que a usted debe importarle es lo siguiente (aunque no sepa el convenio), en el mismo vendrá reflejado, primero el precio he y segundo el tipo de compensación y plazo para esa compensación.
Generalmente los convenios fijan estas cuestiones y en ellas por ej dice que el precio de la he se compensa en el 1,5 de una h ordinaria y esta se podrá compensar bien económicamente o bien en descansos, esto es lo qw debe importarle a usted y si usted lo que quiere es que se las paguen y no se las compensen en descansos lo tiene muy fácil le comunidad a usted a sus superiores que si realiza he extra quiere que se las paguen y de no hacerlo así se negará usted a hacer ninguna he, porque las he son todas (desde la primera), voluntarias así que si no se KAS van a pagar usted se va a negar a realizarlas.
SMO.
En primer lugar no estoy seguro de si este es el foro correcto para la consulta, en caso de no serlo agradecería me indicaran cual es más adecuado.
Mi consulta se trata acerca de la compensación de horas extra y posible irregularidad en las mismas. Explico el caso:
Mi empresa presta servicios a otras empresas que tiene como cliente. En el caso en particular prestamos servicio a un único cliente. Existe un acuerdo entre la empresa y el cliente que las horas extra deben ser solicitadas y autorizadas por el cliente antes de que la empresa decida pedir a los empleados que las realicen, dado que es el cliente quien las paga. Por si sirve de aclaración trabajamos en base al convenio de despachos y oficinas.
Se da entonces el siguiente caso. Los responsables de servicio no comunican a los empleados si las horas extra serán pagadas o compensadas en horas libres. Se deja en el aire hasta que se realizan. Más adelante se informa que aunque el cliente las ha autorizado se les van a compensar en horas libres. Esto es falso, puesto que el cliente siempre acuerda que sean pagadas. Y aquí viene el problema. Los responsables de servicio están compensando con horas libres sin conocimiento del cliente y apuntándose esas mismas horas extra a ellos mismos para cobrarlas como si las hubieran realizado los propios responsables.
Mi pregunta es la siguiente. ¿Está esto permitido o regulado? Si el cliente de una empresa acuerda pagar por horas extra ¿puede la empresa unilateralmente asignarlas a un trabajador que no es el que las ha realizado? ¿y compensar a quien ha realizado las horas con horas libres?
Un saludo y gracias de antemano por la información que puedan facilitarme.