Buenas
Tengo una duda con una declaración de Renta: el contribuyente en cuestión, compensó una deuda (por sentencia judicial) que tenía por impago de pensión de alimentos a su exmujer con su mitad de la vivienda, que aún tenían en común. Ella pasó a ser la propietaria al 100% y él liquidó su deuda. ¿Cómo declarar eso en la declaración de Renta? ¿En ganancias y pérdidas patrimoniales, como una "venta", donde el importe de compra sea el valor de escritura de la vivienda y el valor de "venta" el importe de la deuda compensada?
Muchas gracias