Hola
en mi sindicato he ido a su servicio jurídico y me han dado un papel donde pone que las minutas de los abogados se abonarán como "compensación de cuota sindical", pero que sin embargo, si queremos desgravar fiscalmente la minuta se emitirá factura y cobrará IVA.
¿Puede alguien explicarme qué significa esa compensación?. No discuto su legalidad, pero entiendo que con esa modalidad no pago IVA y me sale más barato.