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Compatibilidad entre prestacion por desempleo y alta IAE

6 Comentarios
 
27/12/2016 12:37
Juan64
Buenos días,
Durante los años 2011 y 2012 colaboré de forma puntual con una empresa, dada de alta en el IAE, pues me recomendaron que, por el poco tiempo que duraba la colaboración y el importe que iba a percibir, no era necesario el alta como autónomo.
Por supuesto, en las declaraciones de la renta de los ejercicios de ambos años declaré todo.
En estos momentos la TSGSS lleva varios días enviándome sms de altas y bajas, no solo ñdurante esas fechas, sino que la última baja es de junio de 2016 (4 años después de mi última colaboración!!!!).
Ya que por teléfono no me saben dar respuesta, me persono en la oficina y no me saben dar respuesta!!!.
Alguien me puede ayudar?.
Muchas gracias,
Julia
22/05/2014 22:29
Yo tambien estoy percibiendo la prestación contributiva por desempleo y, en este momento, me han ofrecido la posibilidad de realizar un trabajo realizando una actividad por cuenta propia para la que me tendría que dar de alta en el IAE, para poder comenzar los cursos y la formacion de como se trabajaria y si funciona la cosa, pasar a hacerme autonomo, la actividad necesita un IAE del modelo 037, Epigrafe 599, en otras actividades relacionadas con el comercio, el trabajo consiste en pasar por las viviendas que la compañia nos envia para poder volver a captarlos como clientes, en ningun momento cobro recibos, solo cobraria una comision por esa captacion, tengo que avisar a la Inen o si por un par de semanas que este de prueba, no va a pasar nada, aun no se si valgo para ese trabajo y no quisiera tener problemas, ya me direis, gracias
22/06/2010 23:54
Hola,
a mi me a pasado esto. Me dijeron que era compatible siempre que fuera algo totalmente esporádico y me ha llegado una carta del INEM por percepción indebida de prestaciones por desempleo. El caso es que fue un curso de 8 horas realizado en octubre y hubo una inspección. Ahora me piden que retorne el importe percibido desde que impartí este curso (10 de octubre de 2009) y hasta el 30 de abril de 2010. Yo estoy de alta como autónoma desde el 07 de Enero de 2010 pero solicité la capitalización parcial de desempleo para pagar las cuotas de autónomos. ¿Me podéis indicar si es alegable o si puedo hacer algo al respecto? Muchas gracias
25/04/2009 10:25
Para ver si corresponde alta en RETA hace falta saber otras circunstancias como ingresos y duración. Una actividad puede ser esporádica como alquilar bicicletas en la playa en temporada de verano y procede alta en RETA porque está relacionado con la estacionalidad de la actividad.
25/04/2009 09:35
Gracias por la respuesta, victor23, me ha sido muy clarificadora.
24/04/2009 18:18
Si el trabajo es esporádico y no habitual, no debes de darte de alta en el RETA, pero esto no es una ciencia exacta, habría que ver las circunstancias.Eso no implica que cualquier trabajo aunque no implique el alta en el RETA es incompatible con la prestación por desempleo por lo que debes suspenderla, mientras lo realices.
El alta en el IAE,por si solo, no demuestra el ejercicio efectivo de la actividad, aunque si llegase al INEM y estuvieses cobrando el paro, lo mandarían a Inspección para comprobar las circunstancias concurrentes, te pedirían facturas y declaración de la renta, pero "per se" el alta en el IAE no es incompatible con la prestación por desempleo, si la actividad económica no se realiza.
Compatibilidad entre prestacion por desempleo y alta iae
24/04/2009 01:29
Hola,
Estoy percibiendo la prestación contributiva por desempleo y, en este momento, me han ofrecido la posibilidad de realizar un trabajo esporádico realizando una actividad por cuenta propia para la que me tendría que dar de alta en el IAE, como actividades profesionales, para poder facturar.
Me han informado que se puede solicitar al INEM la suspensión temporal de la prestación por los días que dure la actividad.
La cuestión es si una vez dado de alta en el IAE, aunque no se inicie la actividad, el INEM puede entender que realizo trabajo por cuenta propia e interprete que la prestación por desempleo es incompatible?.
Por otra parte, si el trabajo es esporádico y no habitual (solo se realiza una vez) ¿no sería necesario la inclusión en el Régimen de la Seguridad Social como autónomo?. Por el contrario, ¿si la actividad se repitiera mas de una vez sería ya necesario darse de alta en el RETA?.

Gracias anticipadas.