Sí, eres tú el que está transmitiendo (efectuando comunicación pública) un contenido con derechos de autor, para la que supongo que no tienes permiso aunque lo hayas obtenido de un tercero que sí tenía licencia para dicha emisión en otro medio y con cierta restricción geográfica.
Gracias por contestar. Quería plantear el caso que me atañe a ver si encuentro una solución ya que el reclamante no es ninguno de los canales de los que hago streaming sino un tercero que proporciona contenido a uno de esos canales. ¿Tiene posibilidad de demandar cuando es un tercero que ha vendido los derechos de imagen?
Es igual de ilegal que de canales de pago. La forma que tengan ellos de explotar su emisión es ya cosa de ellos, que su propiedad intelectual sobre la emisión es la misma.
¿Es legal? Y de ser así sobre que articulo me puedo apoyar para compartir señal de canales de TDT públicos online via streaming. Entiendo que sea ilegal hacerlo de canales de pago pero de canales públicos tengo la duda si lo es.