La única opción es la vía judicial, tus padres no tienen el uso de esa vivienda, le tienen que recuperar por vía judicial. La persona que vive ahí puede dejar entrar a quien quiera en la casa hasta que la desahucie un juez, tus padres tienen un okupa, el derecho de uso otorgado en el divorcio y las reglas que rigen ese derecho no les afecta a ellos. La policía no va a hacer nada si la persona que vive dentro le ha dejado pasar.
Gracias por la respuesta, tiene toda la lógica del mundo lo que comentas. Ya voy entendiendo la situación. Entonces, entendiendo de que hasta que no haya sentencia del desahucio no se puede tirar, eso me ha quedado claro, pero se puede llamar a la policía si esta persona externa se queda a dormir en el piso de mis padres? es la duda que ellos tienen.
El que entre una persona a vivir con ella, no va reducir los tiempos judiciales, aunque se estinga el derecho de uso que dio el juez en el divorcio, es no va a significar que tus padres la puedan echar a la fuerza, si no se va seguiría en precario, y la única opción es el desahucio.
En este caso mis padres (los dueños de la casa) quieren tirarla, pero ella se niega a irse, no pagando luz, agua ni alquiler. Mis padres interpusieron la demanda para desahucio pero el abogado les ha dicho que mínimo 2 años por lo menos... Entonces por eso me están comentando que actualmente están viendo entrar a una persona constantemente al piso de mi ex-pareja, no saben si es legal o no, y no saben como actuar ante esta nueva situación.
Tú no puedes hacer nada si quiere llevar a otra pareja, y hasta vivir con ella, porque el piso no es tuyo (si lo fuera así, ahí ya entraríamos en si podrían hacer falta detectives y tal, pero no es el caso). Tus padres sí pueden, y no necesitan que vaya alguien o no para poder echarla, ya que está en precario. Que viva con otro o no es por tanto completamente irrelevante. El acuerdo de paternofiliales afecta a los padres e hijos, a los abuelos/propietarios ni les va ni les viene, pueden dejarle el piso a la ex-nuera mientras quieran, y dejar de hacerlo también cuando quieran.
Había interpretado la pregunta como que la custodia ya había integrado a la nueva pareja en el otora domicilio familiar. No obstante, el aporte del compañero Int es certero y, si crees que puede haber problema probatorio, es también aconsejable: Demanda de precario por parte de los propietarios. La STS 1890/2016 - ECLI:ES:TS:2016:1890 deja bastante clara la situación.
Hola. Puede aportar la prueba de un detective privado. Vigilar sus horarios y la pernocta del amigo de la madre. Es caro pero se acepta como prueba judicial.
La introducción de un tercero en la que fuera vivienda familiar supone la pérdida de la atribución. STS 641/2018, de 20 de noviembre:
"(...) ebemos declarar que la introducción en la vivienda familiar de un tercero, en una relación afectiva estable, desnaturaliza el carácter de la vivienda, dado que deja de ser familiar, en el sentido de que manteniéndose la menor en la misma, se forma una nueva pareja sentimental entre su madre y un tercero que disfruta de una vivienda que también es propiedad del demandante, que además abona el 50% del préstamo hipotecario.
Por lo expuesto, procede estimar el recurso de casación, en aplicación del art. 96.1 del C. Civil, declarando que la vivienda que fue familiar ha dejado de serlo, por lo que dejamos sin efecto la atribución de la misma a la menor y a la madre que la custodia, las cuales podrán permanecer en la misma por un tiempo prudencial de un año, tras el cual deberán desalojarla."
Buenas tardes, mi novia y yo vivíamos en un piso de mis padres que nos cedieron sin pagar nada. Hace un año nos separamos y ella interpuso una denuncia por malos tratos. El juez dictaminó que la casa de mis padres era para vivir ella junto con nuestros hijos. Mi pregunta es la siguiente, ¿ella puede llevarse a una pareja nueva allí?