Ayer quería comparecer delante del Juzgado de Paz para rectificar / anular el contenido de la anterior comparecencia ( en la anterior acreditaba que me había marchado a Italia ) al volver de Italia en el mismo pueblo, pero un funcionario
( que no conozco , el Juez de paz no estaba ) que ha afirmado de ser el secretario ( hace un año habia una chica )
se ha rotundamente rechazado afirmando que lo único que podía hacer era anotarse mi nuevo domicilio en un "papelito...", esto sin ni siquiera controlar
mi identidad.
Si no comparezco el Juzgado de Paz podría contestar al Juzgado exhortante que vivo a Italia
mientras en realidad ahora vivo otra vez en España.
Si llegase "algo" ( como que vivía en una Comunidad de vecinos muy conflictiva y me pusieron denuncias indicando un domicilio falso o bien robaban las citaciones...) podría haber indefensión.
Actualmente me he empadronado en el mismo pueblo pero en una dirección diferente.
Según jurisprudencia las citaciones deben practicar-se en todos los domicilio conocidos.
La duda que tengo es si la comparecencia debe practicar-se delante del Secretario o funcionario en presencia del Juez
( o por lo menos que este' en el Juzgado ) .
Ayer la persona que me atendió estaba sola.
( sospecho que no sea el Secretario sino el sustituto Juez de Paz )
Hoy he enviado una carta certificada alegando los documentos referentes mi anterior comparecencia ,
copia del nuevo empadronamiento y copia del DNI.
La cuestion que se plantea es :
- si era procedente una nuvea comparencia
- en caso afirmativo si por ejemplo podria ser viable comparecer acompañado por el Notario
y levantar Acta de Presencia en caso de negativa
- denunciar los hechos al Tribunal Superior a la Comisión correspondiente
Un saludo
Feilp
Copia de la comparecencia ( he borrado los datos sensibles ) han sido publicados en :