Me he cambiado de compañía comercializadora de la energía y del gas y me han pasado un recibo de 88€ por adelantado del seguro de mantenimiento de la caldera. Yo les he dicho que me cobren el importe desde que me dí de alta hasta ahora, pero me dicen que es anual y que tengo hasta agosto/12 y que tengo que abonarlo obligatoriamente aunque en la nueva compañía también voy a pagar el mismo seguro. ¿Ésto es legal? ¿Pueden cobrarme por todo el año aunque no esté con ellos? ¿Tengo que pagar por duplicado el mismo servicio?