Una persona ingresa en banco su nomina desde hace 18 años, y por ese ingreso tenía contratado un seguro por accidentes (es del año 1988) que decía que para supuestos de invalidez permanente se le abonaría 500.000 pts.
A fecha actual resulta que el hombre tiene reconocida por la seguridad social una invalidez permanente total, y se acordó del seguro (De hecho durante todo este tiempo ha seguido ingresando la nómina)
Pues bien el banco le dice que en 1998, modificaron las condiciones del contrato, y que desde ese momento solo cubría supuesto de fallecimiento.
Este buen hombre, jamas ha recibido nada, y ha seguido ingresando su nomina, con la consecuente sorpresa actual.
Pregunta? Puede la compañía modificar unilateralmente el contrato sin avisar, con el evidente perjuicio??
Otra, en el caso de que no pueda hacerlo, la cantidad de 500.000 ptas debe actualizarse, o exclusivamente es esa?
Tiene la poliza firmada o el banco se la regalo por domiciliar la nomina sin darle ningun papel?
Es un seguro de vida con garantia de invalidez o es de accidentes con garantia de fallecimiento?
La invalez se produjo por accidente?
La poliza cubre la 24 horas o solamente en horas de trabajo?
Una compañia no puede cambiar unilateralmente el contrato.
En cuanto a la actualizacion de los capitales depende la poliza, puede ser un capital constante o puede ser actualizable, eso lo pondra la poliza.
Gracias por tu respuesta.
El único documento que tiene es un papel antiguo (original) que dice “certificado individual de seguro”, según el cual “el banco favorece con un seguro de accidentes individual, de acuerdo con las condiciones generales y particulares de la póliza de seguro que el banco tiene contratado con la mutua y que garantiza:
....... invalidez permanente ........... pesetas 500.000
Tendra validez si el poseedor del mismo percibe la nómina a través del banco.”
Ese como te digo es el único documento que tiene. Supongo que en su momento firmaría lo que sea (es 1988).
Como ves pone seguro de accidentes individual.
Lo de las 24 horas o solo en el trabajo, no indica nada.
Y en cuanto a la invalidez, esta concedida por la Seguridad Social, y pone claramente que la causa es accidente de trabajo.
Crees que con lo que te expuesto cambiará algo????
Habria que ver el condicionado, puede incluso ser un seguro por una duracion limitada a 10 años, y que en el año 98 se hiciera uno nuevo con solo la garantia de muerte.
Yo trabajo en seguros y los bancos hacen cosas increibles, intenta conseguir el condicionado de la poliza, es lo unico que puedo decirte.
Tal y como lo describes parece que es un seguro colectivo en el que el tomador es el banco y el asegurado y beneficiario es el cliente que tiene domiciliada la nomina en esa entidad, si es asi el banco como tomador puede pactar con la compañia un cambio en las garantias y no te va a ser facil conseguir el condicionado
Pide por burofax el condicionado y si no te lo dan o es como ellos dicen, olvídate del tema porque puede salirte más caro en tiempo y dinero que lo poco (seguramente nada) que sacarás.