Si, estuve echándole un ojo ayer. Creo que no me compensa quebraderos de cabeza ,efectivamente tendría que hacer trámites y es un rollo. Muchísimas gracias por iluminarme!
La Ley 53/1984 se aplica a todos los funcionarios de las Administraciones Públicas. Puedes verla googleando.
Además, probablemente habrá algún decreto de aplicación a los funcionarios de Andalucía. No tengo su referencia, pero también deberías consultarlo.
Buenas tardes,
Me gustaría que me informasen ya que después de mucho buscar no encuentro nada al respecto. Les explico: soy funcionaria en Andalucía, por conciliación familiar he pedido reducción de jornada y estoy cobrando unos 1.400€ mensuales, con el irpf al 17%. La cuestión es que me contactó una chica para trabajar de networker en una empresa multinivel, Ariix de newage, recomendando productos en redes para sacar un extra que me vendría bastante bien. La cuestión es, ¿tengo que darme de alta como autónoma? Ella me dice que si las comisiones percibidas no pasan de 8000€ anuales, no necesito darme de alta ni me van a hacer pagar más por dos pagadores porque la empresa es internacional y paga un banco inglés , y que por ello no tengo que declararlo ya que ellos lo declaran a nivel intracomunitario, y se encarga la compañía de declararlo y quitarlo de las comisiones. La verdad que me suena raro pero no tengo mucha idea al respecto, y me da miedo que por sacarme unos eurillos de más me venga una sanción de hacienda o algo por tener otro pagador, o por no estar dada de alta o a saber.
Muchísimas gracias de antemano,
Ana