Hola
Yo tengo nacionalidad española y mi novio es de Perú,nos queremos casar y él llegará unos días antes para la cita en el registro civil el 15/11 para presentar la documentación, ahora nos surge la duda de que como viene a España si como turista o con carta de invitación ,en el caso de entrar como turista necesariamente tendría que hacer la reserva de hospedaje? porque la idea es que se quede en mi casa también preguntar si es necesario hacer un seguro privado para atención aquí o igualmente tiene que ser seguro para zona Schenguen o ninguno ya que al casarnos el podrá estar cubierto con mi seguro
Bueno os agradecería que me puedan asesorar
Gracias
Puede entrar de cualquiera de las dos maneras, bien con reserva de hotel o bien con carta de invitación. Si no tiene carta de invitación tendrá que presentar, entre otras cosas (si se lo requiere la policía en la frontera), una prueba de alojamiento. Si lleva carta de invitación, obviamente no habrá que presentar reserva de hotel alguna.
Pero en cualquier caso estará entrando como turista, y PARA ESTE PROPÓSITO (entrar como turista), no sirve decir que tú tienes seguridad social o seguro privado y que ello le cubriría, porque, repito, entra a todos los efectos como turista, no como futuro familiar de un ciudadano de la Unión Europea, condición que, antes de casaros, no ostenta. Así que tendréis que hacer un seguro de viaje, según las condiciones generales exigidas para la entrada en España como turista por menos de 3 meses. También hay que presentar un billete de vuelta (aunque realmente no lo vaya a utilizar) y una cantidad económica de X euros por día de estancia (entre las fechas de los billetes de avión de ida y vuelta). La cantidad concreta, así como el resto de requisitos de entrada como turista, puedes consultarlas en Internet, en múltiples sitios.
Cosa diferente es cuando os caséis e iniciéis el trámite para la obtención de la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión europea. En tal caso, si tú trabajas, la Seguridad Social le cubre a él y ello es reconocido por la oficina de Extranjería, por lo que no tendríais que presentar nada más. Si no trabajas, ni trabaja él, tendréis que presentar un seguro privado que le cubra, a él, con las mismas coberturas que el sistema nacional de salud. Básicamente, se admiten seguros con las siguientes condiciones: sin copagos, sin períodos de carencia y que incluyan la hospitalización.
Si tenéis suerte (pero esto es mucho aventurarse ahora), quizá ni os exijan seguros de salud de ningún tipo, pues el nuevo Gobierno da por garantizada la asistencia sanitaria, desde el pasado mes de Julio, a toda la población nacional o extranjera, independientemente de su situación administrativa (legal o irregular). Pero esto, como digo, es muy aventurado suponerlo. Presentad cualquiera de las dos cosas que os he comentado arriba y no tendréis problemas en ese sentido.
1.- Puede ingresar con su pasaporte en vigor y como prueba de alojamiento adecuado presentar, si se le requiriese :
- Reserva de hotel.
- Carta de invitación para alojarse en vivienda particular .
2.- Además, debe traer consigo, por si le requiriesen, una cantidad equivalente a 73,59 euros por día de permanencia en España y nunca menos de 662,31 euros.
3.- El seguro de viaje no es exigible en principio. Ahora bien: cuando la persona es nacional de un Estado que requiere visa para ingresar en el espacio de Schengen y viene en calidad de turista, sí suelen requerirle como requisito para la concesión de la visa que tenga un seguro de salud con una cobertura mínima de 30 mil euros y que incluya gastos de repatriación en caso de fallecimiento.
4.- Cuando se case, él podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y será suficiente con que usted esté trabajando, porque él será considerado su beneficiario.