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¿Cómo valorar un bien inmueble heredado, a la hora de declararlo el impuesto sobre el patrimonio?

2 Comentarios
 
¿cómo valorar un bien inmueble heredado, a la hora de declararlo el impuesto sobre el patrimonio?
26/11/2012 09:05
En el impuesto sobre el patrimonio, los bienes inmuebles se valoran por el mayor de:

1. Valor catastral.
2. Valor de adquisición.
3. Valor comprobado por la administración.

Sean, pues, dos cónyuges que tienen una vivienda de segunda residencia al 50% cada uno. En su impuesto del patrimonio, cada cónyuge tiene valorada esta vivienda al valor catastral.

Fallece un cónyuge y el otro cónyuge adquiere por herencia el 50% proindiviso del inmueble, de modo que ahora es propietario del 100% del inmueble.

Dado que ha adquirido el 50% del inmueble, en su impuesto del patrimonio ya no puede valorarlo al valor catastral, sino que debe hacerlo al valor de adquisición, (valor de adquisición por herencia que es superior al valor catastral). A partir de ahora, ¿cómo deberá valorar el inmueble en el impuesto del patrimonio?.¿50% al valor catastral y 50% al valor de adquisición por sucesiones?.¿O quizás deberá valorarlo al 100% por el valor de adquisición en el impuesto de sucesiones?.

Muchas gracias por vuestra opinión.
26/11/2012 10:16
50% al valor catastral y 50% al valor según Sucesiones.
26/11/2012 16:50
Gracias Juan S, por tu respuesta tan rápida y rotunda.