Sé que este es un foro jurídico pero a dónde vamos a llegar si se desprecian las aficiones. En lugar de equiparar la jornada continua a todos los trabajadores/as, se pretende que todo el mundo haga jornadas interminables...Efectivamente, quien algo quiere algo le cuesta, y si deseas las condiciones de un funcionario estudia una oposición, así como si quieres ser notario prepáratelo y si no, cállate! En mi despacho llevamos mucho Función Pública y los empleados públicos están más desprotegidos de lo que la gente se cree, con eso de que están estables les dan palos por todos lados. Y encima deben pedir perdón toda la vida por tener un trabajo fijo, en este país de envidias es así.Vale ya de tópicos y de lugares comunes, y a quien inició esta charla le animo con sus inquietudes, qué clase de persona seríamos si no las tuviéramos!
Gracias por vuestros mensajes.
Tito Juanjo, porfa, échame una mano que no me entero bien. Si emito factura no es una relación de servicio, pero para emitir factura me tengo que dar de alta en autónomos el mes de turno y me cuenta todo el mes de alta en la S.S., ¿No supone ningún problema estar dada de alta en autónomos?¿No tengo que pedir compatibilidad dándome de alta en la S.S. de autónomo, aunque sea en el régimen de artistas? ¿Y si vendo una de mis canciones? También emito una factura.
En cuanto al punto segundo, no entiendo por qué a funcionarios de la S.S. (he llamado para informarme) a tiempo completo (40 h.) sí que les conceden compatibilidad de al menos 10 horas semanales, y a mí, funcionaria de EDUCACIÓN en la Dip. General de Aragón, no, si se rigen por la misma ley 53/84.
A ver si me puedes ayudar tú o cualquier otra alma caritativa de las muchas que hay en este foro.
Muchas gracias y perdonad por mis innumerables dudas.
Eva
Primero el dar conciertos es una actividad EXENTA conforme a la letra a) del art. 19 de la Ley 53/84 (punto no afectado por el EBEP). No lo sería si fuera como consecuencia de una relación de servicio, lo que no es tu caso pues dices que emites factura.
Segundo si te retribuyen la dedicación exclusiva (habría de estarse a los complementos específicos que aparecen en tu nómina) no puedes realizar una segunda actividad. Si no es así habría que ver de que actividad se trata.
Tercero, lo que es el tema de los cursos/seminarios y las correspondientes dietas si es para un organismo público las cuantías vienen a quedar fijadas por la Consejería de Administraciones Públicas por tanto ahí simplemente tienes que poner los datos que te pida la administrativa que los tramite. Si es por libre también es una actividad EXENTA del tema de compatibilidades siempre que sea ocasional.
Te paso un enlace en el que aparece el Borrador del Estatuto del Funcionario Docente no Universitario (versión mayo 2007) del Ministerio de Educación y Ciencia.
Muchas gracias, Marlin, alucino con las respuestas de algunos... Qué mal lo deben estar pasando... claro que yo, antes de funcionaria, trabajaba en el sector del metal, para más inri, y hacía horas maratonianas. En lugar de criticar a los funcionarios, me uní a ellos, eso sí, pegándome dos años 11 horas diarias de estudio para sacar las opos (2 plazas para 500 aspirantes).
Pero el tema no es ése, el tema es que me he mirado la ley de arriba a abajo, he hablado con los de la seguridad social que llevan el tema, y alguno de ellos es autónomo por las tardes!! pero resulta que cuando hablo en el dep. de Educación, me dicen que no me van a admitir la compatibilidad por estar a jornada completa de funcionaria (aunque los funcionarios de la seg. social, también están a jornada completa y sí que les conceden la compatibilidad).
Estoy hecha un lío, porque si pido la incompatibilidad en educación ya me dicen que no me la van a dar, pero veo otros funcionarios de otros cuerpos en la misma situación que sí que se la dan. Sabéis si hay alguna otra ley por ahí que se refiera a docentes de secundaria?? estoy en Aragón, pero los de educación me remiten a la misma ley que pones en tu mensaje, Marlin.
Muchas gracias y a ver si entre todos podemos sacar algo en claro.
"Perdonará mi mensaje..." vamos hombre, déjate de paños calientes. Si quieres dar caña, pues la das, pero no pidas perdón después
Yo, también empleado público, he de estarte agradecido eternamente por tus jornadas más propias del Siglo XIX, que del XXI. Si no fuese por tí, qué sería de nosotros, pobres parásito...
Venga ya, te plantean una duda y ¿qué haces? Pues eso, aportar luz a nuestras vidas.
Te podría decir eso de que si quieres unas mejores condiciones pues que te prepares una oposición y ya está. Creo que tu problema es que pretendes que tus condiciones cuasiserviles se extiendan a todos, en lugar de entender que hay sectores en los que los trabajadores disfrutan de un mejor régimen y aceptarlo como algo normal. En lugar de criticar tanto, defiende tus derechos, que las jornadas de 12 horas ya hace tiempo que debieron quedar atrás.
Para Eva, decirte que te mires la Ley 53/1984 de incompatibilidades en el sector público y para las dietas, no puedes poner una cantidad así a ojo, para eso también hay normativa que regula las indemnizaciones por razón del servicio. Pregunta en tu servicio de personal
¿Tampoco puede dedicarse a su jovi pseudoprofesional durantes las raquíticas y escasas vacaciones escolares? y los fines de semana?
Tranquila. Ya están los trabajadores del sector privado haciendo maratonianas jornadas desde que despunta el alba hasta bien entrada la noche invernal para que nuestra juventud disfrute de una excelente formación y el profesorado no se queme con su inhumana lucha con la LOGSE y los incipientes hombres del mañana.
El resto del país pensando que se pide rebaja de horarios, etc. por liberar tensión cuando lo que se busca es simple pluriempleo.
Perdonará mi mensaje, pero resulta ilustrativo.
Cómo trabajar por las tardes si por la mañana soy funcionaria? y cómo facturar conciertos sin problemas con incompatibilidades?
Estimados amigos,
A ver si me echáis una mano porque la pregunta tiene su miga y espero que alguna respuesta satisfactoria.
Soy funcionaria pública (educación, enseñanzas medias) y, además, artista. Es incompatible realizar algún que otro concierto al año con el funcionariado? (en los conciertos tengo que emitir factura porque los organizan ayuntamientos y, hasta ahora, estaba en excedencia, pero en septiembre reingreso).
Por otro lado, me han comentado que, si trabajo de profe, que generalmente es por las mañanas, no puedo ejercer ninguna profesión por las tardes, o sea, que me obligan a cruzarme de brazos por las tardes, siendo que podría ejercer otro empleo (que la hipoteca está muy cara y el trabajo de funcionaria no está en casa, sino a bastantes km).
Otra consulta más: también he dado algún que otro curso/seminario. Cuánto podría meter como gastos de dietas y km sin justificar? Por ejemplo, para impartir una conferencia de un día en una empresa a 160 km de mi ciudad.
Muchas gracias, a ver si me echáis una mano, porque ni en educación, ni amigos profesionales lo tienen claro.
Un saludo
Eva