Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Como solicitar que la sentencia impida el traslado de menores

1 Comentarios
 
Como solicitar que la sentencia impida el traslado de menores
21/10/2011 10:15
Hola a todos

Estoy pensando en como solicitar en el escrito de apelación que ningún progenitor pueda trasladar al menor de ciudad.

¿Qué cláusula podría poner un juez para impedir el traslado de los menores o al menos que este quede impune?

Se me ocurre solicitar en el escrito que en base a los derechos y obligaciones establecidos en los art. 154 y 156 cc sobre patria potestad compartida, los progenitores no podrán trasladar al menor de domicilio sin acuerdo entre estos.
21/10/2011 15:07
Hola:

Unpadre, en una sentencia tiene cabida prácticamente todo, mientras sea sensato, ajustado a derecho. El problema radica en que si existe una sentencia es muy difícil cambiar el contenido del convenio. El momento de incluir todo lo imaginable es cuando se está en medidas provisionales y se va a ir a juicio de separación, divorcio o similares. También si se va a producir el paso de separación a divorcio. Fuera de estos momentos, cuando ya todo está asentado, salvo mutuo acuerdo, es muy difícil cambiar algo. Habrá que ir a modificación de medidas y para modificar tiene que haber cambios sustanciales, en este caso haber pasado por un calvario de incumplimientos, los cuales podrían ser base para un cambio de custodia o la introducción de algunas cuestiones que no estaban anteriormente reflejadas.

¿Cómo redactarlo?

En el primer apartado del convenio, suele ser el referente a la custodia y patria potestad, creo necesario añadir algunas cuestiones fuera de la típica receta de que la madre ejercerá la custodia y ambos progenitores la patria potestad. Puede valer el que tengo yo:

“1º.- Guardia y custodia de los hijos: Los hijos del matrimonio XXX e YYY que quedan bajo la guarda y custodia de la madre; ello no obsta que tanto la titularidad como el ejercicio de la patria potestad seguirá siendo compartida, de manera que ambos progenitores deben adoptar conjuntamente las decisiones de importancia que afecten a la salud, educación y crianza de los menores. El progenitor custodio deberá informar al no custodio de todos los aspectos relacionados con la salud y educación hasta la mayoría de edad de estos. A partir de la mayoría de edad se proporcionará anualmente al padre alimentante, sujeto al pago de pensión de alimentos, documento oficial que acredite la matriculación en centro educativo y el aprovechamiento académico en caso de seguir estudios XXX y/o YYY, así mismo, se le comunicará inmediatamente cualquier circunstancia de la cual se deduzca la independencia económica de los alimentistas o sea causa de extinción de la pensión de alimentos o paso de la misma al régimen general de prestación por alimentos entre parientes.”

Se introducen una serie de obligaciones, entre ellas que la elección en temas de patria potestad ha de ser conjunta. El cambio de domicilio de los menores es una de ellas. Al estar expresamente mencionadas estas cuestiones en convenio, su incumplimiento, es incumplimiento de sentencia, por tanto, directamente denunciable o ejecutable.

Aparte, al final del convenio, donde se suelen ubicar todo tipo de estipulaciones generales o especiales se puede introducir, concretando, lo relativo a domicilio y traslados de menores, como sugerencia:

XX.- Los progenitores se comprometen a mantenerse mutuamente informados sobre el domicilio, fijo o temporal, de los menores. Cualquier cambio del lugar de residencia de los menores, fuera de la localidad actual de residencia, (cítese aquí expresamente el domicilio actual), se realizará con el consentimiento expreso de ambos progenitores o, en su defecto, con autorización judicial.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo