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¿cómo solicitar a tráfico la devolución de una denuncia prescrita?

4 Comentarios
 
¿cómo solicitar a tráfico la devolución de una denuncia prescrita?
30/09/2013 16:00
En febrero del 2009 me notifica la denuncia, se recurre por recurso de alzada, y en julio del 2013 se me notifica resolución de la misma cuando esta ha prescrito, confirmado la denuncia y agotamiento en vía administrativa, quedando solamente la vía judicial contencioso administrativa (según resolución), desisto de esta vía por ser una sanción de menor cuantía ( pues vale más las tasa judiciales, abogado que la denuncia).
Para que no entre en vía de apremio, abono la multa, y mi pregunta es como ¿como reclamo ahora a trafico la devolución del dinero? y que plazo tengo
30/09/2013 17:37
No está tan claro que esté prescrita.
01/10/2013 08:10
No entiendo lo que dices ¿por que estaba prescrita la sancion? ¿se produjo la prescripcion durante la tramitacion del procedimiento sancionador? Porque en via de recurso, hasta donde yo se (y creo que se un poco) no hay prescripcion. Opera el silencio negativo, a los 2 meses (¿o eran tres con la ley antigua? No lo recuerdo exactamente) podias haber dado el recurso de alzada por desestimado y haber interpuesto un contencioso si no estabas conforme con la resolucion.
Otra cosa es que durante la sustanciacion del procedimiento se hubiera producido paralizacion de actuaciones de mas de 3, 6 o 12 meses (dependiendo de leve, grave o muy grave, que en la ley antigua era hasta 12 meses). Si es asi, acude a un contencioso, te daran la razon e impondran las costas a Trafico
01/10/2013 15:00
Eso mismo sarapiki es lo que ha ocurrido, (lo del segundo párrafo), pues entiendo que desde el inicio del procedimiento transcurrió más de 12 meses sin un pronunciamiento sancionador firme al ser denuncia de menor cuantía. A esta denuncia le es de aplicación la ley anterior de trafico dado que la actual 18/2009 publicada en B.O.E del 24/11/2009, en su disposición séptima, dice que entrará en vigor a los seis meses de su publicación. Por tanto la denuncia en cuestión ya estaba prescrita por lo anteriormente comentado.
Por otro lado lo del contencioso administrativo, cierto es que lo más seguro es que lo ganase, y le impondría las costas a trafico, pero no te devolverían las tasa judiciales que serían de 200€ en este caso sin dejar de mencionar los cuatro años de media que tienes que esperar.
De hay que solicitaba si hay algún camino para poder reclamar a la administración el dinero pagado, pues esta, bien que te asusta si no pagas a vía de apremio o al contencioso osea que por donde quiera que te tires te coje el toro.
De hay la artimaña en mi opinión de la administración de no proceder al archivo de los expedientes cuando estos prescritos sino que los dejan hasta el agotamiento en vía administrativa creando estos problemas.
Así ¿hay algún otro camino?.
02/10/2013 07:44
Veamos, si transcurrieron mas de 12 meses sin dictar resolucion, no hubo prescripcion, sino caducidad. En cualquier caso, tanto prescripcion como caducidad, la Administracion las aprecian de oficio, y me extraña que se confirmara el recurso de alzada si efectivamente habia caducidad.

Para darte una opinion mas exacta, necesitaria conocer toda la tramitacion, saber cuando se inicio el expediente sancionador, si hubo notificacion mediante boletin o posterior por parte de la jefatura, incluso si hubo parada o si se pidio al titular del vehiculo la identificacion del conductor...

En cualquier caso, y a la pregunta concreta que haces, no, no hay otro camino. La DGT solo te devolvera el dinero si hay resolucion revocando la anterior, asi que si no vas a contencioso, evidentemente no va a haber resolucion revocatoria.
En cuanto a las costas, yo tenia entendido que la condena en costas cubria todos los gastos judiciales ocasionados por el contencioso, y si son todos, son tambien las tasas ¿no?