Según he podido leer existen diferencias entre días para asuntos propios y días por convenio. En realidad mi pregunta va referida a los días/horas que otorga el convenio y que se pueden solicitar sin necesidad de justificarlos, ya que este no es un requerimiento.
¿Pueden solicitarse estas horas en su totalidad en cualquier momento del año, o deben solicitarse de forma prorrateada? ¿Cómo deben solicitarse estos días?
Salu2,
LGC
¿cómo se solicitan los días de permiso por asuntos varios?
Estimados Señores, según el contrato colectivo del comercio del sector metal de la Comunidad de Madrid, el cual me ampara, a partir del último contrato colectivo firmado en 2005, los empleados amparados por dicho contrato tendrán 2 días para asuntos propios por el primer año de contrato, 4 días en el segundo, 6 en el tercer año, con un máximo de 8 días en el cuarto año. Debido a que me corresponden 6 días para este año, he solicitado un permiso por esos 6 días y la respuesta ha sido que las horas de permiso para asuntos propios son como las vacaciones, con lo cual solo puedo solicitar la parte proporcional a la fecha la cual estaría alrededor de 1,5 días. ¿Me podriais decir si estos es así, ya que en el contrato colectivo no se especifica que sea así?