La STC 30/2017 (https://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25273) no lo deja claro, pero parece que o incidente de nulidad o recurso de revisión.
¿cómo se reclamaría una multa con sentencia firme del estado de alarma?
En el caso teórico de alguien sancionado por la LOPSC y el RD del estado de alarma cuyo recurso por procedimiento abrevivado haya sido desestimado, ¿como podria reclamar la devolucion por inconstitucionalidad en virtud al 40 LOTC? ¿Se podría solicitar directamente a la administracion? ¿Habria que poner un recurso de revisión, 102 LJCA? No me queda claro si en este caso se solaparía con la posibilidad de demandar por error jucial, 292 LOPJ, o no tiene nada que ver.