Les agradecería me den opinión respecto a un asunto que me preocupa.
Resulta que fui afectado por un ERE que mi empresa realizo en el 2016.Tras la ronda de consultas se llego a un acuerdo con los representantes sindicales y centrándonos en el punto en el cual tengo las dudas, para los mayores de 55 años a 31 de diciembre de ese año, entre otros puntos se acordó que la empresa se haría cargo del convenio de la seguridad social hasta los 62 años. Según el articulo al cual se acogía el ere, la empresa solo estaría obligado a los 61, pero esta fue una mejora conseguida por los sindicatos. Una vez producida la salida de la empresa, los que estábamos en esa situación hemos firmado conjuntamente con la empresa el convenio con la seguridad social, el cual como establece la ley en principio fija como responsabilidad de pago a la empresa hasta los 61. Paralelamente se nos entrega un documento por el cual la empresa se compromete a seguir pagando hasta los 62 años a aquellos que quieran llegar a esa edad para jubilarse. Mi duda es, cuando llegue ese momento si la empresa se negara a cumplir con dicho punto del acuerdo y teniendo en cuenta que este esta comunicado a la Dirección General de Empleo, ¿seria dicha dirección general el sitio y competencia indicados para presentar la oportuna reclamación?.