Lo que diferencia separación y divorcio, son las causas que lo motivan y los efectos que se derivan de ambos, el efecto diferenciador es la desaparación del vínculo matrimomial que tiene el divorcio y eque no tiene la separación. Es decir, tras el divorcio uno puede contrarer nuevas nupcias si lo desea. Es una explicación breve y sencilla que espero que te ayude. Un saludo
Se puede solicitar el divorcio un año después de instada la separación consensual. La duración depende en gran medida del Juzgado. Si es de mutuo acuerdo, dura muy poco
y si un separado no se quiere divorciar.¿Se le puede obligar?.Segun tengo entendido,con el divorcio,puede variar las pensiones alimenticias y compensatorias.Gracias