Hay un recurso de apelación en un procedimiento de partición de herencia porque en primera instancia la juez reconoce la renuncia del usufructuario por no haber sido negado por su representación en el acto de la vista del verbal.
En la apelación la parte apelante aporta unos documentos de fecha posterior a la vista en los que dice que no ha renunciado al usfructo y que corresponden a la ejecución de una sentencia de extinción de proindiviso que se ha llevado a cabo en otro juzgado respecto de unos bienes que forman parte del inventario del procedimiento de división judicial de la herencia y la Sala acuerda que sin recibir el pleito a prueba estos documentos se unen de forma definitiva a los autos por ser posteiores a la celabración de la vista ¿Cómo se interpreta esto? ¿valorarán de nuevo lo del usufructo? ¿o el hecho de que no reciban el pleito a prueba indica que van a confirmar la sentencia? en la primer ainstancia se presentaron documentos en lso que el usufructuario renuncia y no fueron impugnados y no contestaron a esta cuestión por lo que les aplicaron la ficta confessio.