Aunque en la mayoría de los casos la impugnación es de acuerdos y no de actas, también se podría impugnar un acta, ¿no? Por ejemplo si está mal la fecha, se podría comunicar al secretario o intentar que se corrija en la junta. Si no lo corrigen, se podría llevar a juicio. Aunque parece que la LPH ni si quiera lo menciona.
Anular un acta? Eso quiere decir que es totalmente incorrecta, y eso estimo que no es posible.
Como usted dice, si existe un error? Pues se modifica y soluccionado