Tengo un piso y el inquilino, después de un proceso de desahucio, ha dejado el piso con una deuda superior a los 3.000 euros.
Una vez que se ha marchado he tenido que pagar los recibos atrasados de agua, luz y gas.
También he tenido que cambiar la cerradura, parte de los electrodomésticos, pintar, etc.
¿Cómo se deducen los gastos, y el impago, en la declaración de la renta para el año 2008?
¿Tengo que reclamar la deuda por vía judicial para poder deducir los gastos?.