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¿Cómo se cuentan los plazos para las alegaciones de una sanción?

4 Comentarios
 
27/04/2011 14:43
Gracias "estudioso".
25/04/2011 14:02
Si pone diez días, son a partir del día siguiente al que recibes la carta. No se cuentan domingos ni festivos.

Art. 48 Ley 30/92

Saludos.
24/04/2011 19:45
Muchas Gracias clms100.
No es una infracción de tráfico sino una denuncia de Medio Ambiente porque tiramos una casa en el pueblo con su licencia, proyecto de derribo y todo en regla, ésto en Septiembre, pero el 15 de Octubre del 2010 pasaban por allí unos Guardias Civiles y dijeron que habíamos tirado los escombros en una escombrera en la que no era posbile, sino que tenían que ser tratados por una planta de reciclaje. Vamos que más de 20 días después pudieron tirar el pueblo entero allí pero la culpa es nuestra y los escombros también... que deberían llevar nuestro nombre, vamos.
22/04/2011 19:52
Los plazos de alegaciones contra infracciones de tráfico se cuentan, si se ha recibido por correo desde el día siguiente a la recepción y son 15 días naturales, en los que si cuentan domingos y festivos. Los plazos vienen reflejados en el artículo 81 de la Ley 18/2009.

Un saludo
¿cómo se cuentan los plazos para las alegaciones de una sanción?
21/04/2011 13:32
¡Buenos días!:

Me gustaría que me informase alguien exactamente cómo se cuentan los plazos para las alegaciones de una sanción, es decir, si desde que recibes la carta tienes 10 días, se cuenta desde el mismo día que recibes la carta, o bien, se cuenta desde el día siguiente. Entendiendo siempre, que no se cuentan los domingos y festivos, ¿verdad? Os agradecería si alguien me pudiese resolver estas dudas. Muchas gracias.