Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Como se constituye una comunidad?

11 Comentarios
 
02/04/2007 13:03
iasjsl, dese un repaso a los Capítulos I y II de la LPH. Verá que en su caso seguramente tienen que aplicarla.
31/03/2007 21:09
Perdone iajsl, pero ¿seguro que no son una Comunidad de propietarios?, y no me ponga eso de "vecinos".

¿Ya se ha acercado al Registro de la Propiedad y ha pedido la inscripción de la finca?. Empiece por ahí. Y cuando sepa como está esa inscripción seguiremos.
31/03/2007 18:15
Sigo sin tenerlo claro:
1º.- No somos Comunidad, ni tenemos intención de ser Comunidad. ¿Nos regismos por la LPH?
2ª.- Que dif. existen entre ser Propiedad Horizontal y Comunidad de Propietarios, a la hora de que valgan los acuerdos.
3º.- Tiene la misma validez jurídica un Conjunto de vecinos que toman acuerdos, que una Comunidad de Propietarios que toman acuerdos.
¿No se en donde se encuentra la dif.?
perfil pp
30/01/2007 16:57
Al registro de la propiedad
30/01/2007 11:01
No tenemos CIF, la cartilla esta al nombre el Presidente y del Tesorero y dependiendo si estos cargos cambian, luego se produce el cambio de nombres en la Cartilla.
Tampoco tenemos libro de actas y el libro de cuentas es un libro normal y corriente (quiero decir que no esta sellado ni visado por ningún registro).
Creo que no somos Comunidad, eso sí según ponía en un post anterior esta constituida por el promotor como propiedad horizontal (sin saber el tomo y lomo).
Es por lo que reitero mi pregunta, qué deberiamos de empezar hacer para que esto formase una Comunidad en toda Regla o lo que pueda ser para que los acuerdos que se tomen sean legales ante la Ley.
Un saludo.
perfil pp
29/01/2007 22:18
Si no teneis cif, a nombre de quien está abierta la cuenta del banco?, para eso necesitan cif, para efectuar los contratos tambien, si no teneis empleados propios sino por cuenta ajena no teneis que hacer declaración, y donde te informas si estan constituidos en comunidad, pues en el registro de la propiedad, aunque si tienes libro de actas ya lo estas, ojo libro de actas no es un libro donde guardas las actas, cada hoja tiene que estar sellada por el registro de la propiedad-
28/01/2007 21:13
Perdonad se me ha olvidado consultar que si después de todo este tiempo en el que se lleva funcionando como Comunidad sin serlo, tendriamos que hacerlo como si empezaramos de cero.
El hecho de que Hacienda te tenga que dar un CIF a qué trámites anuales estas obligado a llevar.
Ante todo perdonad mi ignorancia.
28/01/2007 21:01
pp lo que me acabas de indicar lo entiendo, es más por algún sitio he navegado en el foro donde había un enlace con todo tipo de modelos dependiendo el caso.
Ahora bien, en lo que yo quiero que me ayudeis es en decirme donde me puedo informar si estamos constituidos como Comunidad. Creo que no, porque no tenemos cif y por otro a qué nos obliga la Ley para llevar adelante un bloque de seis vecinos.
¿Nos obliga la Ley a estar constituidos como Comunidad de vecinos? ¿nos podemos valer con la Ley de la Propiedad Horizontal?
Es hay donde me pierdo. No sé si estas cosas pueden ir desdoblada o son las dos un único conjunto, es decir los uno sin lo otro no tiene validadez.
Espero de vuestra ayuda.
perfil pp
28/01/2007 17:08
Pues en ese mismo libro tambbien hay que anotar los acuerdos, si los acuerdos no estan recojidos en actas no tienen validez, y para reunirse hay un protocolo, osea notificar por escrito a los vecinos el día y hora en que se van a reunir, y sobre q acuerdos van a votar ( a esto se le llama convocatoria) en la misma, vendrá reflejada los vecinos con deudas pendientes( morosos), los cuales no podran votar el dia de la reunion si no han abbonado la deuda. etc etc
27/01/2007 23:51
No entiendo nada de nada.
Os cuento se trata de un bloque de vivienda construido en el año 1980. El mío lo compro en 1990, en la escritura pone la Cuota de participación y en el Título díce que pertenece a..... con el carácter de ganancial, según resulta de escritura de Declaraciónes de Obra Nuevas y Divisiones Horizontales, autorizada por mi, el ... del mes de febrero de 1980.
Cuando entramos a vivir en el seguimos con las costumbres que tenía la Comunidad y siempre me he creído que formabamos una Comunidad de Propietarios.
Ha sido ha raíz de conocer vuestros foros, cuando me han empezado a entrar muchas dudas al respecto. Por este motivo y por mi ignorancia es por lo que me gustaría que me aclararais todo al respecto.
La Cartilla figuran como títulares los nombres del actual Presidente y Tesorero. Las cuotas que ingresamos mensualmente: Beneficiado Comunidad de propietarios XXXXXX.
No levantamos acta de los acuerdos, pero si llebamos un libro numerado en todas su hojas en donde figuran fecha, concepto, debe , haber y saldo desde 1985. En el que anotamos la cuotas ingresadas, los pagos del recibo de la luz y los gastos que se hayan podido orginar de (pintar, bombillas, o cualquier arreglo......) Al final del año ponemos el saldo y anotamos cualquier nota como pueda ser el que un propietario este pendiente de algún ingreso y lo firma el presidente ye l tesorero.
Cuando nos reunimos los acuerdos que tomamos los respetamos y los ponemos en marcha de buena voluntad.
Espero vuestra ayuda.
Un saludo.
perfil pp
27/01/2007 14:51
Tienen que darse de alta como comunidad de propietarios en el registro de la propiedad, llevando el título costitutivo y el acta de la primera reunión en donde se reflejará el día y la hora, los puntos a tratar, que serián constitución de comunidad y nombramiento de su junta directiva. Posteriormente el registro les entregará el libro de actas y con esto iran a hacienda para que les aplique un cif, con este le daran de alta en el banco a la cuenta en nombre de la comunidad de vecinos.
No obstante la constitución debió hacerla la promotora, por lo menos la reunión para elegir los cargos de la junta y para entregarles el título constitutivo.
Como se constituye una comunidad?
26/01/2007 20:15
Vivo en una comunidad de 6 vecinos, tenemos una cartilla y cada propietario ponemos una cantidad fija todos los meses en concepto de pago mensual a la Comunidad.
Nos reunimos cuando tenemos temas que tratar y los acordamos por mayoría. Nunca ha habido ningún problema gordo, pero últimamente si puede haber indicios de que los pudiera haber.
¿Qué se necesita hacer para constituir una comunidad de propietarios legal? ¿Si hubiese algún problema entre los que formamos la comunidad por qué nos regiriamos para legislar las discrepancias?.
Perdonar pero no se si me estoy expresando bien.