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como se cobran las costas ?

5 Comentarios
 
Como se cobran las costas ?
24/05/2008 20:25
me gustaria saber como se cobran las costas del juicio y cuando se sabe si el que debe pagarlas es solvente o le embargan vienes o simplemente no se pueden cobrar por insolvencia y que pasos se siguen para saber que realmnente eres insolvente y no estas engañando al juzgado. alguien me lo puede explicar ? y qu etiempo se tarda desde que sale la sentencia ?
Nosotros ya tenemos la sentencia ahora queria saber lo otro porqu eme comento el abogado que veriamos si se pueden cobrar las costas alguien es tan amable de informarme ? gracias
25/05/2008 10:43
se pueden cobrar extrajudicialmente o a traves del juzgado, lo primero es mas rapido que lo segundo.
25/05/2008 10:51
Hola teofilo:

extrajudicialmente lo dudo porque ni se presentaron es decir buscaran ser o aparentar innsolvencia por eos queria que me informaran de que pasos se sigue y si realmente son eficaces a la hora de mirar los bienes e inmuebles o lo que haya o si realmente se mira y busca o nada de nada que pasos se siguen y que tiempo transcurre.
26/05/2008 08:23
remite escrito a juzgado para que oficie a bancos,cajas (tienes que decir que banco y/o caja, no puedes decir todos los bancos y cajas...) , registros centrales, hacienda para que informe de bienes y derechos titularidad del deudor. Y sí que son eficaces, si no tiene bienes, pide embargo de bienes muebles de su domicilio.

26/05/2008 10:18
Gracias teofilo:

la sentencia la tenemos y elabogado me decia al ser condenado en costas ahora se intearia cobrar lascostas eso imagio que lo hara el abogado, la duda que me queda cuanto se tarda en saber que bienes hay si es que los hubiere cosa que dudo pero bueno que tiempo transcurre para saber eso aproximadamente y añado hay una pension por medio eso seguro que supera en algo el salario base esa imagino que se puede tocar aunque solo sea lo que supera el salario base ?
Es embargable alguna propiedad aunque sea fruto de de alguna separacion es decir que estuviera aun en el registro por ambos titulares ? es decir donde figurara este impresenatble al menos ? lo dudo pero pro si acaso lo pregunto

gracias



perfil Jan
28/05/2008 12:27
Hola Moboe. Si como dice su caso está en manos de un/a profesional de la abogacía le aconsejo que le exponga todas sus dudas. No tenga miedo de preguntar ya que nosotros tenemos el deber de informar a nuestro cliente de cómo se desarrolla el proceso.

Reciba un cordial saludo.