Pues eso, que por mucho que intento entender cómo funcionan no me aclaro. No sé el resto de los colegios, pero el de Cádiz en concreto es un auténtico galimatias.
Se supone que sirven para delimitar un mínimo y un máximo a minutar para un determinado asunto pero, ¿cómo se sabe cuál es cuál?. Me explico, criterio x = Valor orientador: 5 puntos, este lo sé hasta yo, si está a 56 euros el punto serían 5 x 56 euros, entonces ¿cómo se determinan ambos límites?
Ejemplo 2, criterio y = Con cuantía determinada, se aplicará el 50% de la escala tipo, vale, me voy a la dichosa escala, busco el límite inferior de la cuantía con lo que lleva acumulado y le aplico el % al resto. Luego se suman ambas cantidades. ¿Fácil?, pues no. Esta tabla también está referenciada al valor del punto, en este caso inferior (48 euros).
Por lo anteriormente expuesto, ¿algún alma caritativa podría explicármelo o aconsejarme algún tutorial para torpes como yo? Al menos saber distinguir de donde salen las cantidades mínimas a minutar o las máximas aconsejables, más que las operaciones aritméticas.
Mil gracias anticipadas a todas mis compañeras y compañeros
Creo que el colegio estará encantado de aclarártelo pero a primera vista me parece que tienes un problema de base: no es un mínimo y un máximo, el resultado es una cifra concreta en base a la cuantía del pleito, a utilizar por ejemplo cuando el Juzgado condena en costas y te pide tasarlas. Mínimo y máximo no hay porque hay libre competencia en el mercado.