Es un acuerdo y por tanto ejecutivo, de acuerdo que es un acuerdo contrario a la ley. por eso Ud tiene un año para impugnarlo, si ni lo hiciese, lo acata por caducidad.
Aun en el caso que fuese moroso la comunidad no tiene poder sancionador, y para poder serlo, el acuerdo necesita unanimidad.
https://blog.sepin.es/2018/05/los-morosos-podran-utilizar-la-piscina-comunitaria/
Los morosos, ¿podrán utilizar la piscina comunitaria?
Que puede hacer?
Pues si tienen administrador, decirle que si desconoce la LPH.
si no lo tienen, ir al presidente y darle tres opcoones
Me da llave? NO
Patada a la puerta si se puede
O denuncia en el juzgado
Tengo un acuerdo de pago con la comunidad de propietaros de mi segunda residencia que pago religiosamente y se niegan a darme la nueva llave de la piscina, por q dicen q la deuda no esta liquidada.
Esto dicen que se aprobo en la ultima junta de vecinos. Hace ya un mes. Y digo dicen por que a mi aun no me han entregado el acta donde se supone que lo dice.
¿Esto es legal?
¿Q puedo hacer?
10.3 LPH??? Aquí no tiene nada que ver ese artículo.
No, en este supuesto se debe aplicar al art.17.6. Usted debe solicitar a la comunidad, en una junta convocada al efecto o si incluyen en una junta ordinaria este punto en el orden del día, el separarse de la comunidad a la que pertenece. Precisa para poder separarse el acuerdo unánime de los propietarios al suponer una modificación del título constitutivo.
Hace unos años compré una parcela en una urbanización con una comunidad establecida legalmente cuyo fin era el mantenimiento de calles, alumbrado, depuradora de agua, club social etc.
El tema es que año a año, ese fin se ha ido perdiendo dado que el ayuntamiento se ha hecho cargo de las calles, alumbrado, zonas verdes, residuos y ultimamente de la depuradora. Total que ahora la comunidad sólo está para servicios que se pueden considerar lúdicos: organizar fiestas, seguridad de la urbanización (que es algo que debe ser opcional y voluntario de cada uno participar o no, y cosas similares).
Si la comunidad ya no tiene sentido ahora, no creo que se tenga que mantener obligatoriamente por el hecho de estar constituida legalmente hace 50 años. El tema es que ahora no tiene objeto porque estamos igual que si estuviesemos en una calle del pueblo. El problema es que hay intereses que no impiden que se disuelva.
Por tanto, con las pruebas adecuadas, si quiero salirme de la comunidad, renunciando al club social (al que nadie me puede obligar a estar). Qué pasos tendría que llevar a cabo. Eso de NO SE PUEDE no me vale. Si tengo que ir a juicio voy y que el juez decida si tengo razón o no. La cuestión es, antes de eso, ¿hay algún otro mecanismo legal que lo posibilite?