Buenas tardes, mi hijo estudia en San Sebastián y vive en un piso de alquiler, por el cuál tuvo que
anticipar dos meses de fianza.¿ Por ley?. Si es así, quisiera saber como actuar si deja el piso al finalizar el curso y cómo recuperarla, ya que la dueña le anticipó que a la anterior inquilina, después de tres meses que dejó el piso no se la devolvía hasta que ella no la recuperara.¿ Esto es así?. Y ¿. ¿cómo saber si verdaderamente la tiene depositada y no se la quedó ella?, Gracias
Ud. no necesita saber si la tiene depositada o no en ningún organismo, porque la obligación de devolución del casero para con ud. es independiente de la devolución del organismo para con el casero.
Ud. tiene que pedirle la fianza al casero y si en un plazo razonable no se la devuelve no tendrá más remedio que interponer una demanda.
Eso es, tal como dice Leonjbr, el casero responde ante usted, y si la depositó, o no, o la perdió, o tardan en devolvérsela a él, eso a usted no le afecta para nada.
Los dos meses de fianza seguramente fue por ser un contrato temporal, que no se considera vivienda habitual, para que su hijo estudiase.
En caso de que el inquilino vaya a solicitar algún tipo de ayuda al alquiler o vaya a imputar la renta en su declaración de la renta, si es necesario que la fianza esté depositada. En muchas localidades, por ejemplo Madrid, se puede solicitar el resguardo de depósito de fianzas de manera telemática. De hecho si se realiza la solicitud y no aparece depositada, el organismo en cuestión puede iniciar un procedimiento de inspección contra el propietario.