Mi consulta es la siguiente, en mi edificio teniamos a uno de los propietarios como el encargado de sacar la basura y limpiar las escaleras. Sele pagaba mensualmente 50.000 pesetas mediante un cheque al portador aunque a veces se compensaba con las deudas que tenía en la comunidad. Al morirse el señor, su mujer continúo con lo mismo, limpiando las escaleras y cobrando. pero nuestra comunidad decidio prescindir de sus servicios, y contratamos a empresas de Limpieza.
Mi pregunta es si ¿la señora (propietaria de un piso) es trabajadora, desde el putno de vista laboral? y si nos demanda, ¿lo resolvería la jurisdicción de lo social? y ¿hay alguna sentencia que recoja algún caso parecido al que planteó? GrACIAS.