Gracias. La jurisprudencia también es clara: el nombramiento se constituye en el momento de la aceptación, y la inscripción en el registro mercantil solo sirve para la oponibilidad ante terceros (publicidad del cargo).
Lo que pasa que con la mera lectura de la Ley de Sociedades de Capital pensaba que la inscripción era requisito indispensable para la validez del nombramiento (es decir, pensaba que el nombramiento no inscrito no sería válido por defecto de forma), pero parece que estaba equivocado.
El administrador con cargo no inscrito en el Registro Mercantil se encuentra en una situación peculiar: puede estar efectivamente nombrado con todos los requisitos legales, pero su cargo no goza de la publicidad adecuada y ello plantea problemas de legalidad en su actuación.
Sin embargo, una Sentencia del Tribunal Supremo (STS) de 11 de abril de 2007 determina que: "el nombramiento de los administradores surtirá efecto desde el momento de su aceptación y la inscripción en el Registro Mercantil se produce para la oponibilidad frente a terceros de los citados nombramientos; la inscripción no es constitutiva".
En conclusión, A no es administrador por haber renunciado al cargo. B no lo es por no haberlo aceptado. C es administrador.
En cualquier caso, ya le avanzo que tendrá problemas en el RM.
Consulte con un mercantilista de su confianza.
¿cómo saber el administrador actual de una empresa?
En una sociedad limitada había un administrador que vamos a llamar "A".
"A" ha estado administrando la empresa varios años, hasta que renuncia al cargo y se decide en junta de socios que sean nuevos administradores los señores "B" y "C". Sin embargo "C" se opone y vota en contra pero los socios aprueban su nombramiento.
En el Registro Mercantil sigue constando "A" como administrador varios años después.
Queremos exigir que convoquen junta de socios (que hace años que no convocan). ¿Quién es el Administrador? ¿"A" por seguir en el Registro mercantil?, ¿o "B" y "C" por haberse aprobado en junta?
Al leer el artículo 210.4 de la Ley de Sociedades de Capital entiendo que sigue siendo "A" por no ser válido el nombramiento de los otros administradores. ¿Estoy en lo cierto?