Me ha llegado una providencia de apremio de una multa de tráfico -aparcamiento-, diciendo que he de pagar con recargo porque no he pagado en el periodo voluntario. Pero es que jamás me fue notificada!
No niego la infracción ni que tenga que pagar la multa, pero me indigna que no pueda beneficiarme del descuento y encima me recarguen cuando no me han dado oportunidad de pagar antes.
He solicitado el expediente para poder ver dónde narices dicen que me notificaron, pero el plazo para pagar vence en 3 días y quería saber si es aconsejable pagar primero y recurrir después pidiendo que me devuelvan, o no pagar hasta que me desestimen el recurso. En ese caso ¿me harían pagar más por el retraso? ¿es factible pedir la suspensión?
Lo mejor es pagar y luego recurrir, así te evitas mayores recargos. Si ganas el recurso, te devolverán lo pagado.
¿Es una multa de la DG de Tráfico o de un Ayuntamiento?
Pagué como me recomendaste la sanción, pero me gustaría recurrir para que me devuelvan el importe.
En el expediente consta que, supuestamente, se me intentó notificar 2 veces con resultado "desconocido". Digo lo supuestamente porque es imposible: había conserje en las horas en las que dice que fue, el nombre consta en el buzón, me conocen los vecinos...
He encontrado sentencias que dicen que no se puede declarar desconocido a un ciudadano en su propio domicilio, no al menos sin un mínimo de diligencia por parte del ayuntamiento para comprobarlo, sobretodo si se está empadronado, se pagan los impuestos y han llegado antes (y despues) otras notificaciones.
Además, desde que las notificaciones no las lleva Correos sino una empresa privada, carecen de presunción de veracidad.
Mi pregunta es sobre como recurrir. ¿con el recurso de alzada igualmente? ¿he de impugnar la providencia de apremio o la notificación, o ambas? ¿solicito en el mismo escrito la devolución del pago? ¿de todo, o sólo de la diferencia entre lo que he pagado y lo que habría pagado de haberme dado la posibilidad de pagar en el periodo voluntario al 50%?
Siendo del Ayuntamiento, creo que solamente puedes recurrir en reposición o ir directamente a un contencioso. Así que, yo haría el recurso de reposición alegando que no eres desconocido, para lo cual podrías aportar un papel firmado por el conserje en el que diga que te conoce por tu nombre y apellidos y una foto de tu buzón. Si estás de acuerdo con la sanción sin recargo, para evitar que el asunto se dilate demasiado, pediría la devolución del recargo solamente.