Quería plantear una duda. Hace año y medio firmé un contrato de compraventa para la compra de un estudio catalogado como edificio de equipamientos en suelo terciario ( como si fuera una oficina) dando por adelantado 23800 ( 20500 3200 IVA) la empresa que dentro de su cláusula ponía que me avalaban la cantidad total del dinero entregado, al final solo me avalaron 20500 y me dijeron que los 3200 al ser IVA pagado por ellos al final yo lo recuperaría y no me quisieron avalar la parte del IVA. TENGO EL AVAL DE 20.500 € POR UN BANCO ESPAÑOL. Quisiera saber, ya que me han notificado que no van a construir y que solo me devolverían el dinero con un PAGARÉ y sin imputación de culpa por no haber construido, y esta resolución yo no la acepto.El estudio me lo deben de entregar en junio de 2009. Quisiera saber si puedo tener problemas al levantar el aval bancario (aval solidario e irrevocable al primer requerimiento) puedo recuperar el IVA y de que forma (mediante demanda, etc) y si los demando judicialmente ellos pueden alegar que lo han pagado a HACIENDA Y yo quedarme sin IVA. El contrato se firmó en enero de 2007 y ha pasado año y medio y he pedido una nota simple en el registro y el terreno NO ES SUYO, no han ejercitado un derecho de compra al dueño del terreno. ¿Cómo debo de actuar? Y el dinero del IVA como lo puedo reclamar.? Espero mejor un año más para levantar el aval?