Hola:
Trabajo de teleoperador en una empresa desde enero de 2001, y el 1 de enero de 2002 entró en vigor el 2º convenio colectivo de telemarketing. Puesto q en el convenio se indica q tiene un carácter retroactivo de un año, he reclamado a la empresa el importe de los atrasos salariales q me corresponderían según mi categoría pero no me responden, y tengo miedo de q por pasar un año se me pase algún plazo.
¿alguien podría aconsejarme qué hacer?
Muchas gracias.
Para interrumpir la prescripción, que además tiene un plazo establecido de un año para poder reclamar las diferencias, habría que interponer una reclamación en conciliación previa ya mismo. De todas formas entiendo que lo que se debe tener en cuenta a la hora de establecer el plazo de un año para reclamar sería la fecha en la que se publica en el boletín correspondiente las diferencias salariales de atrasos. A partir de esa fecha, es cuando comienza a computar el plazo de una año para poder reclamarlos. También se puede presentar reclamación ante la Inspección de Trabajo si la empresa, un mes después no ha pagado las diferencias de cotización y puede servir de baza para reclamar la mediación del Inspector para abonar los salarios propiamente dichos.